En el derecho de competencia, la definición del mercado relevante es muy importante al hacer la valoración de posibles prácticas monopolísticas relativas (también llamadas prácticas verticales, o entre agentes o empresas en distintos niveles del mercado) y al analizar las concentraciones económicas; conceptos ya explicados en artículos anteriores.
Para poder diferenciarlas de las prácticas monopolísticas relativas, las prácticas monopolísticas absolutas son prácticas de carácter horizontal (entre competidores), sumamente perjudiciales para la competencia. Están prohibidas bajo cualquier circunstancia, son ilícitas por sí mismas (per se) y nulas de pleno derecho, con independencia del mercado afectado, del poder de los agentes involucrados, sus motivaciones o justificaciones, o de sus efectos o resultados.
Las prácticas monopolísticas relativas, también llamadas prácticas verticales, son actos, contratos, convenios, arreglos o combinaciones realizados por uno o varios agentes, con el objeto o efecto de desplazar indebidamente a otros agentes, impedir su entrada o establecer ventajas en favor de uno o varios de esos agentes. Se realizan entre empresas en diferentes niveles del mercado o fases del proceso productivo.
La definición de concentración económica es amplia y cubre negocios como fusiones, traspasos de acciones, compra de activos, compraventa de establecimientos mercantiles, entre otros. Para el análisis sustantivo de concentraciones, la definición del mercado relevante o los mercados relevantes es clave.
El mercado relevante incluye los productos y firmas (agentes o empresas), entre los cuales existe una competencia cercana, así como la zona, región o área geográfica en donde se comercializan u ofrecen los mismos, es decir, en donde se desarrolla la competencia en estudio. El poder de mercado solo puede existir en relación a la oferta o demanda de una clase particular de productos o servicios, razón por la cual es necesario identificar el mercado relevante, antes de determinar si un agente económico tiene o no poder en éste.
El análisis del mercado delimita geográficamente y por producto(s) o servicio(s) el ámbito específico en el que compiten las empresas. Es la base para el análisis del grado de competencia y la posibilidad de que una firma tenga o no, una posición de dominio en ese mercado, así como las posibles consecuencias para el bienestar de los consumidores.
En América Central, el componente geográfico del mercado está definido por el país o por la región o zona de cada país en donde se analiza el mercado. Aunque existe desde 1960 el Mercado Común Centroamericano (MCCA), conformado por Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, no existe en América Central un régimen o una autoridad regional de competencia.
La definición del mercado relevante de productos, conforme a las decisiones de las autoridades de competencia a nivel internacional, es un asunto de intercambiabilidad (interchangeability en inglés).
Cuando los bienes o servicios se consideran intercambiables, están dentro del mismo mercado de productos. Aunque la idea es bastante simple, en la práctica medir la intercambiabilidad puede resultar un ejercicio complejo, por muchos factores, entre otros, la confiabilidad de las fuentes de información.
Definir el mercado relevante es especialmente importante en investigaciones por abusos de posición dominante y en en el análisis de las concentraciones. Una definición amplia de mercado en una investigación por abuso(s) de posición dominante, favorece a los agentes económicos involucrados, viendo diluida su participación en el mercado, entre más agentes, productos y zonas.
Una definición más restringida o estrecha, podría perjudicar a los agentes en una investigación como la anterior, pero favorecerles en el análisis de una concentración, por ejemplo, al considerarse que los portafolios de productos de las partes fusionándose, no traslapan (es decir, que no hay intercambiabilidad entre sus productos) y por lo tanto, que las entidades al unirse, no crean ni fortalecen una posición de dominio.
En el siguiente artículo analizaremos los principios para la definición del mercado relevante: la sustituibilidad en la demanda y en la oferta y el test SSNIP (por sus siglas en inglés Small but Significant Non-Transitory Increase in Price).
Se concluye este artículo con esta frase del profesor Wilhelm Röpke: La distorsión de todas las relaciones de precios, la coexistencia de mercados oficiales y negros y el antagonismo entre quienes operan en el mercado y el Estado, que lucha desesperadamente por conservar su autoridad, conducen al final a una situación caótica, en la que falta prácticamente toda clase de orden, ya sea el propio de la economía social de mercado, ya sea el de tipo colectivista.
Wilhelm Röpke (1899 – 1966) fue profesor de economía y se considera uno de los padres de la economía social de mercado, doctrina que promovió la reactivación de Alemania después de la Segunda Guerra Mundial. Röpke y sus colegas se consideran responsables del «milagro económico» de la Alemania post guerra.
